FETAP-CGT
interpone querella contra Carlos Mazón ante el TSJCV por gestión negligente de
la DANA
TERCERAINFORMACION / 28.11.2024
- En la
querella, se atribuyen delitos como el de homicidio imprudente, conforme
al artículo 142.1 del Código Penal, al considerar que los querellados omitieron la adopción de
decisiones apropiadas en un contexto de emergencia.
La Federación
Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Públicas de la Confederación
General del Trabajo (FETAP-CGT) ha presentado una querella ante la Sala de lo Civil y Penal del
Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) contra el
president de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, la ex consellera de Interior y Justicia, Salomé Pradas,
y dos altos cargos de los servicios de emergencias de la Generalitat, Alberto Javier Martín y Emilio Argüeso, por
la presunta comisión de cinco delitos durante la gestión de la Depresión
Aislada en Niveles Altos (DANA) del pasado 29 de octubre.
En la querella, FETAP-CGT argumenta que existen
indicios sólidos de que los fallos en la prevención y respuesta por parte de
los responsables políticos valencianos resultaron en graves consecuencias,
entre ellas la muerte de 220 personas y pérdidas materiales cuantiosas para
miles de ciudadanos afectados. Según el sindicato, la cadena de errores y
negligencias en la gestión de la emergencia derivó en consecuencias fatales que
podrían haberse evitado mediante una actuación adecuada.
Los delitos atribuidos en la querella son los siguientes:
- Homicidio imprudente, conforme al artículo 142.1 del Código Penal,
al considerar que los querellados omitieron la adopción de decisiones
apropiadas en un contexto de emergencia, lo cual resultó en la muerte de
más de 220 personas.
- Omisión del deber de socorro, previsto en el artículo 195 del
Código Penal, debido a la no activación del estado de alarma, que era
competencia exclusiva de la Generalitat, a pesar de la gravedad de la
situación.
- Daños imprudentes, tipificados en el artículo 267 del Código Penal,
relacionados con los perjuicios materiales sufridos por miles de
ciudadanos.
- Lesiones por imprudencia grave, conforme al artículo 152 del Código
Penal, por los daños físicos sufridos por diversas personas como resultado
de la gestión deficiente.
- Delito contra los derechos de los trabajadores, previsto en los
artículos 316 y siguientes del Código Penal, por las condiciones en que se
expuso a los trabajadores implicados en la emergencia.
La querella también hace hincapié en la necesidad
de que el TSJCV abra un proceso penal contra Carlos Mazón y Salomé Pradas, dada
su condición de aforados. Además, la acción se extiende contra el director
general de Emergencias y Extinción de Incendios autonómico, Alberto Javier
Martín, y el secretario de Seguridad y Emergencias y director de la Agencia
Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE), Emilio Argüeso,
por la presunta desatención en sus funciones durante las fases críticas de la
DANA.
La representación letrada de FETAP-CGT en este
procedimiento la ostentan D. Joan Comorera Estarellas y Dª. Nuria Rey Remiro.
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