Los
Planes de Pensiones de Empleo no podrán ser rechazados por las personas
trabajadoras por cuenta ajena
Publicado el 28 de febrero de 2023 /
Por Coordinadora
Estatal por la Defensa del Sistema Público de Pensiones (COESPE)
KAOSENLARED
Conviene
recordar que los Planes de Pensiones de Empleo, son en realidad Planes de
pensiones privados e individualizados, aunque se generen por las aportaciones
empresariales, por cuenta del trabajador/a. Son un “caballo de Troya” para el
sistema público de pensiones, ya que, si se generalizan, se reducirán los
ingresos por cotizaciones debido a descuentos en las cuotas; así como
disminuirá la recaudación en el Impuesto de Sociedades e IRPF por los
incentivos aplicados a quienes los suscriban.
Los Planes de Pensiones de
Empleo serán, en la práctica, de obligada suscripción para el colectivo de
trabajadores/as por cuenta ajena. Esto lo sabemos en COESPE por la contestación
oficial del gobierno a una pregunta parlamentaria presentada por el diputado J.
Baldoví, de COMPROMÍS, en las Cortes a iniciativa nuestra.
En síntesis, preguntábamos
cómo estaba reglamentado el poder renunciar individualmente a un Plan de
Pensiones de Empleo acordado en Convenio Colectivo y, si dado el caso de la
renuncia, el importe mensual no ingresado por la empresa sería incorporado en
la nómina del trabajador/a. Y esto porque nos alarmaba que en el Reglamento que
desarrolla dichos Planes no se recoge ninguno de estos aspectos.
La respuesta gubernamental
nos lo ha dejado meridianamente claro. Tanto el poder renunciar (siempre por
escrito) al Plan como poder cobrar lo no ingresado por la empresa ha de estar
acordado por trabajadores y empresarios en el Convenio Colectivo de referencia
que lo haya promovido. Es decir, será la voluntad de empresarios y sindicatos
más representativos que negocian los Convenios y que están de acuerdo con el
desarrollo de estos planes, la que se impondrá sobre el derecho unipersonal de
suscribirlos o no.
La consecuencia es
evidente: si el trabajador/a no puede ingresar en su nómina lo que la empresa
deja de aportar al Plan de Pensiones, no es libre para decidir suscribirlo o
no, porque eso solo beneficiaría a la empresa y no se incrementaría su nómina.
Además, incluso recogiéndose esta posibilidad, deberá renunciar por “escrito”.
Sin embargo, lo normal sería lo contrario; que, por defecto, no se le
adscribiera y tuviera que solicitar hacerlo. Así, su decisión personal, se verá
condicionada por ser contraria a la voluntad de empresas y sindicatos que han
firmado el Convenio.
Conviene recordar que los
Planes de Pensiones de Empleo, son en realidad Planes de pensiones privados e
individualizados, aunque se generen por las aportaciones empresariales, por
cuenta del trabajador/a. Son un “caballo de Troya” para el sistema público de pensiones,
ya que, si se generalizan, se reducirán los ingresos por cotizaciones debido a
descuentos en las cuotas; así como disminuirá la recaudación en el Impuesto de
Sociedades e IRPF por los incentivos aplicados a quienes los suscriban.
Beneficio para unos cuantos que sufragaremos entre todos y todas. Además, no
están garantizados por el Estado y han sido un fracaso en países como
Reino Unido o Chile. De hecho, en el último año, todos los fondos de pensiones
que ya existen en España han perdido dinero, una media de casi el 10%,
desplomándose casi un 60%, tras el recorte de sus controvertidos incentivos
fiscales.
Lo que piensa y cómo actúa
el gran empresariado, es conocido: hacer negocio con la gestión y privatización
de una parte o todo el sistema de pensiones. La gran responsabilidad próxima
respecto de la generalización de las Pensiones Públicas de Empleo recaerá, sin
duda, en el gobierno (que puede y debe eliminar beneficios fiscales) y los
sindicatos mayoritarios presentes en la negociación de los Convenios
Colectivos. En sus manos está que los trabajadores/as que no quieran suscribir
un Plan de Empleo puedan hacerlo e incorporar a su nómina la cuantía acordada
como aportación.
COESPE ya se ha posicionado
en contra de los Planes de Pensiones de Empleo y sus efectos negativos en el
Sistema Público de Pensiones y ha descubierto cómo, en la práctica, se puede
forzar la libre voluntad del trabajador/a para suscribirlos. Toca mover ficha
al gobierno y a los dirigentes sindicales. Es su responsabilidad, y su decisión
será analizada por el conjunto social, los trabajadores/as y todos los
movimientos pensionistas. Máxime en este año electoral.
COESPE
COMISION DE PORTAVOCIA Y DE ORGANIZACIÓN. febrero de 2023.
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