Descubriendo
sus sesgos y falsedades, los autores del artículo analizan el anteproyecto de
ley con que se pretende reformar el sistema público de pensiones. El gobierno
cede ante los dictados de la Unión Europea, que actúan como un ariete usado por
determinados intereses económicos.
¿Qué hay detrás de la Reforma de Pensiones?
El Viejo Topo
1 noviembre, 2021
Descubriendo sus sesgos y falsedades, los autores del artículo analizan el
anteproyecto de ley con que se pretende reformar el sistema público de
pensiones. El gobierno cede ante los dictados de la Unión Europea, que actúan
como un ariete usado por determinados intereses económicos.
Han tardado
casi nueve meses cuando prometieron que lo harían en tres: las dificultades
para asegurar la mayoría parlamentaria y la movilización del movimiento
pensionista están poniendo las cosas difíciles. Las pensiones son uno de los
grandes debates sociales y el gobierno muestra una vez más que no está a la
altura. La diferencia entre lo que se proclama y lo que se legisla es cada vez
mayor. El anteproyecto de Reforma de Pensiones enviado al parlamento viene
acompañado (por obligación legal) de una memoria cuyo título es tan largo como
flacos son sus argumentos: “Memoria del análisis de impacto normativo del
anteproyecto de ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de
otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema
público de pensiones”.
Ha sido un
documento casi secreto, presentado a hurtadillas, vergonzante y hecho público
por imperativo legal; publicado un viernes, el último día laborable de julio,
cuando todo el mundo piensa en las vacaciones. Revela el miedo a la reacción
social. Es un mal documento, con datos parciales y una metodología de análisis
más que cuestionable. Bajo una aparente “cientificidad”, en lugar de datos
contrastados se emiten una y otra vez juicios de valor. Es un informe hecho con
el “método Procusto”; es decir, el informe tiene que ofrecer unos determinados
resultados fijados con anterioridad, y los cálculos se adaptan a este objetivo.
Por esa razón el documento se ha publicitado de forma casi clandestina. La
última frase del documento (y que resume la flaqueza teórica sobre la que se
asienta también el Anteproyecto de ley) es lapidaria al afirmar que “[…] se
considera que la disposición no debe ser sometida a evaluación por sus
resultados” (p.50). Es decir, apoyándose en las modificaciones legales
impulsadas por el gobierno Rajoy en 2017, se impide la evaluación de este
proyecto. No se hacen responsables de sus cálculos ni de sus previsiones en un
tema tan importante. Esperábamos –ahora sabemos que lo hacíamos en vano– que la
memoria y el anteproyecto que se deriva estuvieran sostenidos por evidencias
científicas.
Desde el
inicio, el documento revela su sesgo neoliberal. Sus padres son los organismos
internacionales al servicio de los grandes grupos de poder. Los datos proceden
del denominado Ageing Working Group (AWG), o lo que es lo mismo, el Grupo de
Trabajo sobre Envejecimiento (p.23). En este grupo de trabajo participan
organismos como el FMI, la OCDE o el Banco Mundial, organizaciones que promueven
la privatización de las pensiones públicas. Curiosamente, el documento admite
que las proyecciones de la Unión Europea sobre el aumento del costo de las
pensiones estaban sesgadas en exceso (p.21). No creemos que sea un error
estadístico, no se ha rectificado. Es una conclusión buscada forzando los
datos. Ese argumento, el costo insostenible de las pensiones y su crisis
inminente, ha servido para iniciar la campaña en contra de las pensiones
públicas. Ésta cristalizó en 2019 en el Plan Paneuropeo de Pensiones Privadas.
Tras esos fracasos en sus proyecciones económicas, esos mismos personajes ahora
hacen predicciones del comportamiento del gasto en pensiones ¡para el 2070!
(p.22) Los mismos que son incapaces de acertar en las previsiones de inflación
a un mes vista se atreven a predecir la evolución del costo de pensiones
respecto al PIB ¡dentro de 50 años! Repetimos, es un documento sesgado y
manipulado que pretende justificar unos determinados recortes.
Como es
habitual se explayan en las partes positivas como es el tema de la subida del
IPC según la inflación (p.20); aunque no se blindan las pensiones como exigía
la Coordinadora Estatal por la Defensa del Sistema Público de Pensiones
(COESPE). Se estará al albur de los gobiernos cada cinco años, cuando se revisen
los datos (p.8). Para justificarse se compara la apuesta del PP (subida del
0,2%) que hubiera significado una pérdida del poder adquisitivo de las
pensiones entre el 30-50%. Aunque se deja entrever que el objetivo de esta
reforma es el mismo que la anterior; recortar las pensiones prolongado la vida
laboral y penalizando las pensiones anticipadas. Reconoce paradójicamente que
la situación actual es controlable (p.21) y añade otro elemento importante, nos
informa en la misma página que la Unión Europea admitió que sus cálculos sobre
el costo de las pensiones eran equivocados. En ningún momento el documento hace
“propósito de enmienda ni acto de contrición”. Igual pasa con la tan cacareada
derogación del factor de sostenibilidad que queda sustituido por el “mecanismo
de solidaridad intergeneracional” que comenzará a operar en 2027 (p.11), otro
parámetro a dilucidar en los próximos meses. Es sorprendente, y no es nada
halagüeño, que este mecanismo sea aprobado en estos meses y en cambio se demore
su aplicación seis años.
En otro orden
de cosas, el documento sorprende por su pobreza argumentativa. Hablar de que la
jubilación anticipada reduce el tiempo de actividad laboral (p.23) y que hay un
descenso en el nivel de cotizaciones es algo tan obvio que produce vergüenza
ajena. detrás de estas afirmaciones hay ideas preconcebidas que, como en una
pulsión freudiana, salen a la luz. El redactor pretende justificar el
progresivo acercamiento de la edad de jubilación teórica a la real. Para ello,
se propone prolongar hasta los 70 años la edad de jubilación en una primera
fase para situarla posteriormente en los 74 (p.22). Para alcanzar esas
conclusiones, en lugar de estudiar las múltiples variables que intervienen
(emigración, aumento de la productividad, incremento en la riqueza del país,
incorporación de la mujer al mundo laboral…) solo se contemplan algunas, las
que convienen.
El objetivo es
tergiversar el concepto de contributividad (la contributividad que da derecho a
una prestación) tan repetido en el Pacto de Toledo, introduciendo la idea de la
solidaridad (como dádiva o regalo). Los trabajadores con largas carreras de
cotización han hecho una gran “contribución” durante muchos años y tienen
derecho a un reconocimiento justo de su pensión. El redactor pretende, al
carecer de argumentos sólidos, enfrentar a los trabajadores entre sí, al
comparar la pensión media de los jubilados que lo hicieron de forma anticipada
(1.638,72 euros) con aquellos otros que tienen una jubilación ordinaria
(1.211,41 euros). Se comparan melones con castañas, y de ese modo se pretende
presentar a esos trabajadores como insolidarios y privilegiados. La pensión
media de los jubilados que lo hacen de forma anticipada es fruto de su base de
cotización; es decir de lo aportado cada mes durante muchos años. No tiene nada
que ver con los coeficientes reductores. El sesgo se evidencia aún más porque
no quieren comparar lo que cobran los jubilados de forma anticipada con los
jubilados de clases pasivas (profesores, policías locales, Ertzaintza…) sin
coeficientes reductores, que perciben unos 2.098€ brutos.
Por medio de un
ejercicio de prestidigitación se aumenta más la confusión, ahora mezclando la
brecha de género con los coeficientes reductores (p.31); nuevamente melones y
castañas. A este paso la brecha de género será responsable de esas jubilaciones
anticipadas. En otro ejercicio más de ocultamiento, nos quedamos sin saber qué
estudio o estudios, en cuáles universidades y quiénes son los autores que
justifican la propuesta y los criterios de equidad seguidos para aplicar esos
coeficientes (pp.26 y ss.) En definitiva ¿Por qué se utilizan esos coeficientes
y no otros?
Se pretende que
el elemento central del documento pase lo más desapercibido posible, y ese
aspecto central es la creación de la Agencia Estatal de la Administración de la
Seguridad Social (p.16). Hasta ahora la recaudación y los procesos derivados
eran gestionados por un ente público. El Ministerio de Hacienda, además de ser
un organismo estatal, está sometido a escrutinio a través del parlamento. Con
la creación de la Agencia, que nadie entiende su necesidad, se intuye el inicio
de un proceso de privatización acelerada: en adelante será un organismo de
colaboración pública/privada quien recaude y distribuya. El interés de las
mutuas o bancos en este campo es enorme. Puesto que sabemos que los consorcios
públicos/privados de sanidad o educación son la base del proceso de
privatización de los servicios públicos, presumimos que el objetivo es el mismo
en el caso de las pensiones.
Para atizar más
leña en la hoguera de la confusión se utiliza como año de cálculo el 2020. Un
año atípico por efecto del COVID-19; que provocó que decenas de miles de
trabajadores pasaran a cobrar a través de ERTES. Al transcurrir a través de una
situación excepcional e inédita, El año pasado, el 2020, tiene efectos
distorsionadores muy importante en las estadísticas. Debería hacerse, por
lógica, un análisis sobre los datos en su serie histórica, cosa que no se
realiza.
A todo esto, el
contexto europeo es la gran excusa. Desde las primeras páginas las referencias
a Europa son continuas. ¿Cómo se legisla contra los pensionistas? La Unión
Europea ordena y el ejecutivo obedece sumisamente; pero cuando es hora de
aplicar la Carta Europea sobre salario mínimo, se tardan ¡20 años en hacerla
efectiva! En el documento se hacen reiteradas comparaciones con otros países de
la comunidad sin tener en cuenta los contextos, ni se facilita información
concreta de lo que representan en cada Estado los diferentes coeficientes reductores
o las penalizaciones.
El documento
refleja su sesgo neoliberal en muchas páginas al asimilar el concepto de
pensión, sea anticipada o no, al concepto de gasto. Pero, además, se cometen
errores que pudieran parecer de estudiante si no fuera porque parecen
premeditados. Se olvida, seguramente de forma intencionada, que los importes
que se perciben están gravados por el IRPF, y, por tanto, aumentan los ingresos
de hacienda. Igualmente, olvida que unos niveles más altos de pensiones
aumentan el consumo interno promoviendo mayor actividad económica y mejores
niveles de empleo, con lo que se promueve la incorporación de los jóvenes al
mundo laboral reduciendo el paro juvenil y aumentando las cotizaciones.
Asimismo, la jubilación, sea anticipada o no, disminuye el coste de las bajas
laborales (directamente ligadas a la edad), por no hablar del incremento de la
productividad por efecto de la adaptación a las nuevas tecnologías productivas.
De mientras,
aunque en el anteproyecto de ley se hace referencia a los “gastos impropios”,
nada se nos dice de cuándo serán restituidas esas cantidades. Solo el Tribunal
de cuentas las sitúa en 103.800 millones de euros, pero la cifra real es muy
superior; razón por la cual exigimos una Auditoria de las cuentas de la
Seguridad Social. Así pues, frente a tanto despropósito solo cabe seguir
gritando: ¡gobierne quien gobierne las pensiones se defienden!
– Por Eduardo
Luque y Ramón Franquesa
Artículo
publicado en el número 406 de El Viejo Topo.
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