TSJ ratifica al CNE máxima autoridad del Poder Electoral de Venezuela
DIARIOCTUBRE / agosto 11, 2024
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó al Consejo Nacional Electoral (CNE) como único órgano rector y máxima autoridad del Poder Electoral de Venezuela.
Ante el cuerpo
diplomático acreditado, organismos internacionales, magistrados, viceministros
de la Cancillería y su titular de Relaciones Exteriores Yván Gil y periodistas,
Rodríguez afirmó que el CNE compareció en pleno con todos sus rectores
principales, liderados por su titular Elvis Amoroso.
Aseveró que
dieron cumplimiento al requerimiento formulado por el máximo órgano y
consignaron de manera oportuna y en tiempo hábil “todos los recaudos vinculados
con el proceso electoral”.
La titular
señaló que fueron citados los 38 representantes de las organizaciones políticas
y los 10 candidatos que intervinieron en los sufragios, y apuntó que del total
de partidos políticos 33 aportaron el material requerido por esa instancia.
De los
exaspirantes a presidente, precisó, todos acudieron con la excepción del
candidato de la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), Edmundo González, y dejó
constancia que “no cumplió con la orden de citación”, con lo cual desacató el
mandato de la más alta instancia de la jurisdicción contenciosa electoral del
país.
Con la ausencia
de González este no cumplió con la “consignación de las actas de escrutinio, el
listado de testigos y la entrega de material alguno”, puntualizó.
Especificó
asimismo que los líderes que acompañaron la candidatura del representante de la
PUD, Manuel Rosales, José Luis Cartaya y José Simón Calzadilla, tampoco
presentaron material alguno, con el argumento de que “no poseen ninguna
documentación referida a este proceso”.
Además, añadió,
dijeron no tener las actas de los escrutinios de las mesas, ni listados de
testigos; admitieron no participaron en el proceso de traslado y resguardo de
material alguno, y desconocieron quiénes “realizaron la carga de las presuntas
actas de escrutinio” en una página web utilizada al respecto.
La Sala
Electoral del TSJ indicó que las organizaciones políticas Alianza al Lápiz y
Movimiento Centrado para la Gente tampoco consignaron la documentación
requerida, como también hicieron los excandidatos Antonio Ecarri y Enrique
Márquez.
Rodríguez
manifestó que una vez concluida esta etapa los magistrados pasarán a realizar
el peritaje de “todo el material de valor probatorio consignado en físico o
digital”, además de la evaluación al ataque cibernético masivo del que fue
objeto el CNE.
Reafirmó que la
sentencia que emane de este proceso iniciado el 5 de agosto tendrá carácter de
“cosa juzgada” por ser ese órgano la máxima instancia judicial en materia
electoral, a la par de advertir que sus “decisiones son inapelables y de
obligatorio acatamiento”.
Fuente: prensa-latina.cu
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