martes, 7 de enero de 2020

PENSIONES. NO ES LO MISMO JODER QUE ESTAR JODIENDO, LO DIJO CAMILO JOSE CELA. AHORA COMPAÑERITO DEL ALMA COMPAÑÉ VAMOS A ESTAR EN EL GOBIERNO



Acuerdo de investidura PSOE-Unidas Podemos

Pensiones: medidas positivas, carencias y ambigüedades




Mikel de la Fuente
Vientosur.info
05.01.202 

Este escrito, redactado de forma apresurada, tiene por objetivo examinar las propuestas sobre pensiones contenidas en el “Nuevo acuerdo para España” suscrito por el PSOE y Unidas Podemos “para conformar un Gobierno progresista de coalición” y que, a la hora de redactar este artículo, se está debatiendo en el Congreso. Teniendo en cuenta que las pensiones están determinadas por los salarios y el empleo, tanto desde el punto de vista del acceso y la cuantía de las pensiones, como desde el correspondiente a los ingresos del sistema de seguridad social que provienen de forma muy mayoritaria de las cotizaciones sociales y por lo tanto del nivel salarial y del empleo, se va a empezar por indicar, de forma resumida, las repercusiones en los salarios y el empleo de la reforma laboral del PP de 2012.

La reforma laboral del PP se puso en marcha con la finalidad de provocar una profunda devaluación salarial y precarizar al máximo la situación de las y los trabajadores. Y tuvo éxito: entre 2008 y 2017, la parte salarial en el PIB cayó desde el 50,1% al 47,3%, el porcentaje más bajo de los últimos 30 años. La caída salarial fue principalmente fuerte para los salarios más bajos, tardíamente atenuada por el incremento a 900 euros del salario mínimo. Además, no se ha verificado el argumento justificativo de la flexibilización pro-empresarial de la reforma: la eliminación del desempleo. Este se mantiene en una tasa superior al 14% y su ritmo de reducción se ha desacelerado el último año, pasando en el conjunto del Estado del 6,7% en 2018 al 1,21% en el 2019. Ello, sin contar que una parte del empleo se produce con contratos a tiempo parcial involuntarios.

La promesa inicial del PSOE –y exigencia de Unidas Podemos- de derogación de la misma no se ha mantenido, pasando a limitarse a la de sus “elementos más regresivos”, que “lo son todos” según una declaración ante la televisión vasca de Unai Sordo, secretario general de Comisiones Obreras. El acuerdo tiene importantes omisiones y carencias en esta materia, como muestran Vidal Aragonés y Raúl Navas, de las que señalo algunas: se mantiene la reducción de la indemnización por despido improcedente; se mantiene la eliminación de los salarios de tramitación en los despidos improcedentes; no se recupera la necesidad de la autorización administrativa en la tramitación de los ERE; se mantiene la posibilidad de “descuelgue” de los convenios colectivos en materia salarial, tiempos de trabajo, turnos, sistemas de trabajo y mejoras voluntarias de la seguridad social, cuando se produzcan “causas económicas graves”. Este último aspecto es singularmente grave, ya que aunque cuantitativamente ha tenido una relevancia limitada, al haberse aplicado, según un estudio de la secretaría de Acción Sindical de CCOO, a 348.229 personas cubiertas por la negociación colectiva desde el 2010, permite soslayar, como indica Antonio Baylos, al convenio colectivo sectorial como norma que regule las relaciones laborales, introduciendo elementos de antisindicalidad y, añado, de inseguridad, en relación con los derechos incluidos en los convenios.

En materia de pensiones hay medidas progresivas pero también importantes carencias e imprecisiones. Así, no se hace ninguna referencia a la necesaria derogación de los “elementos regresivos” de la reforma promovida por el gobierno del PSOE a través de la Ley 27/2011, con el apoyo de CC.OO y UGT. Y ello, cuando en este mismo año 2020 tiene lugar una aceleración de las medidas de recorte de las pensiones, concretada en medidas tales como el aumento de la edad de jubilación que pasa a 65 años y 10 meses (dos meses más que en el 2019); aumentando a 37 años (tres meses más que en el 2019) la duración de la cotización necesaria para jubilarse a los 65 años; el aumento de los años cotizados para percibir el 100% de la pensión, que pasa de 35 años y 6 meses a 36 años; y aumento también del período de cálculo que pasa de 22 a 23 años.

Otros elementos de la reforma de 2011 afectan a la gente con carreras laborales más interrumpidas y precarias, como la de exigencia efectiva de 15 años cotizados para acceder a la jubilación contributiva, mientras que en base a la jurisprudencia del Tribunal Supremo de considerar como cotizado a estos efectos las dos pagas extras legales, era posible acceder a la pensión con algo menos de 13 años. Esta medida contribuye a mantener la mayor brecha de género de la Unión Europea en la cobertura de la pensión de jubilación, con 27 puntos menos entre las mujeres.

Si ya en los últimos años las nuevas pensiones de jubilación estaban siendo inferiores a las del año anterior, es muy probable que ese proceso se amplifique por la aceleración en la aplicación de varios de los citados elementos de la reforma de 2011, mientras que los salarios que forman la base de cálculo se mantienen casi congelados. El mantenimiento de esta reforma es incompatible con el objetivo de garantizar “unas pensiones justas” que se proclama en el primer apartado del acuerdo.

También lo que se incluye en el Acuerdo permite márgenes de ambigüedad que pueden permitir una aplicación regresiva y con ello se mantienen las incertidumbres del preacuerdo entre ambas fuerzas que como ya analicé en su día. La “plena integración” en el Régimen General de la Seguridad Social de las trabajadoras de hogar, “a lo largo de la legislatura” (Apartado 1.11), permite el mantenimiento durante un período muy amplio en la minusvaloración de sus derechos, sin aclararse además si esa integración va a ir acompañada de la eliminación de la restricción de sus derechos de pensión por una cotización diferenciada de sus salarios, ya bajos, tal como ya explicó Isabel Otxoa.

Entre las medidas progresivas se pueden citar la revisión de la cobertura de lagunas, es decir, de los períodos sin cotizar que, a efectos del cálculo de las pensiones, hasta la reforma del 2011 se sustituían por la base mínima y que a partir de la misma esa base mínima solo se mantenía durante los primeros 48 meses mientras que posteriormente se aplicaba la mitad de la base mínima. También se propone que el complemento por maternidad debe ser más equitativo y evitar la perpetuación de roles de género. No se aclara el sentido de esta propuesta. Se recuerda que ese complemento se estableció como recargo por la tenencia de 2 o más hijos o hijas para las pensiones causadas a partir del 1 de enero de 2016. Para que fuera tal, el carácter equitativo debiera referirse a conceder carácter retroactivo a esos recargos, de forma que pudieran beneficiarse las mujeres de más edad, que en muchos casos fueron expulsadas del mercado de trabajo por razones legales y sociales y que, en el mejor de los casos, solo perciben una pensión de cuantía muy reducida. Es más; en muchos casos no han podido causar una pensión por derecho propio, por lo que los recargos son insuficientes y lo que debiera instaurarse es una pensión específica y transitoria, de cuantía equivalente a las pensiones mínimas contributivas.

También merece una valoración positiva, pero matizada, la reinstauración de la revalorización conforme al IPC. En este tema hay que señalar que el gobierno en funciones del PSOE ha cometido una enorme irresponsabilidad con las personas pensionistas al no haber restaurado esa norma durante el tiempo de su mandato. Más aún cuando en el último Consejo de Ministros de hace unos días se negó a aprobar la revalorización para el 2020 con el estrambótico argumento de los costes logísticos de aplicar la revalorización en dos veces, el 0,25% inmediatamente y la diferencia hasta el 0,9% una vez se constituyera el gobierno. Cuando el resultado de la investidura era –y todavía en cierta media lo es- incierto, no aplicar una revalorización que podía quedar postergada indefinidamente es una decisión lamentable para un gobierno que se pretenda de izquierda. Además, la revalorización conforme al IPC, que hoy se presenta como objetivo impostergable, no permite que se mantenga una relación estable ente pensiones y salarios, ya que, aunque en escasa medida, los salarios han aumentado en las últimas décadas por encima de la inflación, esa revalorización da lugar a que a la edad de 80 años, tal como se indicaba en un informe de UGT de enero de 2018, la pérdida relativa de las pensiones en relación con los salarios es de las más elevadas de la Unión Europea.

Las medidas para garantizar la suficiencia y revalorización de las prestaciones del sistema público de pensiones, así como para asegurar su sostenibilidad a medio y largo plazo se reconducen a través del Pacto de Toledo (Apartado 2.4), lo que es escasamente garantista a la vista de las posiciones de la derecha a favor de reducir la protección del sistema público y favorecer su progresiva privatización, como se mostró en la última ronda del Pacto de Toledo, en la que no hubo acuerdo para mantener la exigencia en ese momento de Unidas Podemos de revalorización incondicional –también en las situaciones de crisis económica- de las pensiones conforme a la evolución del IPC. Para las pensiones mínimas y no contributivas se propone que aumente su poder adquisitivo, pero sin precisar ningún objetivo cifrado de alcanzar determinadas cuantías, como para las primeras plantea el movimiento pensionista de todo el Estado español cuando exige 1.080 euros mensuales, en cumplimiento de las exigencias de la Carta Social Europea en su interpretación por el órgano encargado de su cumplimiento, el Comité de Derechos Sociales.

Merece también una valoración positiva la estimación de que hay que aumentar los ingresos de forma estructural, pero, también aquí, ni siquiera se apunta, entre otras medidas, el posible nuevo aumento de las bases máximas de cotización, que son de las más bajas de la Unión Europea. Un aumento sustancial, incluso aunque fuera acompañado de una elevación, eso sí, de menor cuantía, de las pensiones máximas, cuyo efecto en el gasto además de más reducido que el aumento de ingresos, se dilataría en el tiempo y permitiría obtener recursos cuando más necesarios son para hacer frente al aumento del número de pensiones que se va a producir en los próximos 10-15 años.

También es positiva la propuesta de eliminar el Factor de Sostenibilidad, en la actualidad en suspenso hasta el 2023. Sin embargo, el condicionante de esa eliminación a que siempre se debe asegurar “la sostenibilidad del sistema a medio y largo plazo”, exige estar vigilantes para que ese factor no sea sustituido por otros, tal como apuntaban algunas organizaciones en el Pacto de Toledo, como por ejemplo el que se aplica en Suecia que liga las pensiones a la evolución del crecimiento económico o por la instauración de un régimen por puntos como el que quiere implantar Macron, con la oposición frontal de una población trabajadora movilizada, para contener el gasto en pensiones en un porcentaje que no supere el actual 14% del PIB, por cierto varios puntos superior al del Estado español.

No se hace ninguna mención en el Acuerdo PSOE-UP a medidas reivindicadas por el movimiento pensionista como la reducción de la edad de jubilación, que además de ser un acto de justicia para quienes han trabajado en duras condiciones es necesaria para reabsorber el desempleo joven; ni el reconocimiento más amplio y generoso de la reducción de esa edad por la realización de trabajos penosos, insalubres y peligrosos, que debieran considerar elementos que no se han tomado en cuenta hasta el presente y que afectan especialmente a las mujeres, como son las afectaciones músculo-esqueléticas de los trabajos de hogar y de cuidado, de las kellys, etc.; tampoco se apunta la jubilación a edades anticipadas y sin aplicación de coeficientes penalizadores de quienes han trabajado durante 40 y más años.

También va en el buen sentido la instauración de lo que se denomina Ingreso Mínimo Vital como prestación de Seguridad Social, empezando por el aumento de la prestación por hijo/a a cargo para familias vulnerables, y posteriormente mediante un mecanismo general de garantía de renta para familias sin ingresos o con ingresos bajos. Esta prestación ocuparía el terreno que en la actualidad cubren las rentas de garantía de ingresos de las comunidades autónomas, a cargo de sus presupuestos, de alcance muy diverso y que, a mi entender, deben mantenerse hasta que no se desarrolle la nueva prestación y que, una vez desarrollada, podrán complementar las insuficiencias y lagunas de la misma.

Una consideración final. Más allá de las carencias, insuficiencias y ambigüedades del Acuerdo, en esta y otras materias, lo que es seguro es que la puesta en práctica de las medidas positivas que contiene y la aplicación de otras muchas no incluidas, va a depender, en mucha mayor medida que de las habilidades gestoras y la dedicación de los y las responsables de Unidas Podemos, de la lucha de los movimientos sociales, no solo de los que han tenido más protagonismo hasta ahora en el terreno de las pensiones, el movimiento pensionista y el feminista, sino de las organizaciones sindicales, del sindicalismo social, etc. La respuesta agresiva que ya han anunciado la derecha y la extrema derecha y las organizaciones patronales y que se va a producir sin ningún plazo de espera, requieren desde ya respuestas como la que está en marcha en el País Vasco para el próximo 30 de enero, cuya preparación es analizada por Jon Fano y que cuenta con el apoyo de la mayoría del movimiento sindical y de un gran número de organizaciones sociales, contando con apoyos en el Estado español, como se puede ver aquí.

4/01/2019

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