Renta Básica es posible: Contribución de menos del 1,5% de las grandes empresas sostendrían por dos meses a todas las personas asalariadas de la otras empresas en Ecuador
Facultad de Ciencias Económicas IUCE
ISIP Unidd de Análisis y Estudios de Coyuntura
31.03.2020
Los últimos acuerdos del Ministerio del
Trabajo dan cuenta que, bajo la presencia corporativa de las Cámaras
empresariales tomando decisiones públicas, es imposible plantear medidas
que coloquen a la vida por encima del capital. De esa manera,
posiciones en medio de la emergencia sanitaria, como las de “acuerdo
libre y voluntario entre empleadores y trabajadores para recibir las
remuneraciones, así como facultar exclusivamente al empleador para
decidir el periodo de vacaciones de sus trabajadores”[1]
dan cuenta de que la institución encargada de velar por el cumplimiento
de derechos, sobreprotege a los empleadores y desampara a los
trabajadores. En fin, el efecto de la captura del Estado por la élite
empresarial significa la profundización de la lógica que subordina el
trabajo ante el capital.[2]
No obstante, en dicho acuerdo también se
observa que no existe una diferenciación entre tamaños de empresas, que
restrinja el uso abusivo del contenido del acuerdo ministerial. De tal
forma que se le otorga el mismo tratamiento a las grandes empresas como a
medianas, micro y pequeñas empresas.[3]
De tal manera que el acuerdo ministerial no debería considerar a los
trabajadores de las grandes empresas, considerando que estas pueden
sostener a sus trabajadores con sus mismos salarios e incluso ir más
allá.
Las grandes empresas –a partir de
prácticas monopólicas– tienen un nivel de poder de mercado que se
refleja en su nivel de ingresos. En efecto, las medianas, micro y
pequeñas empresas son las que se ven más ajustadas ante esta emergencia
y, por tanto, se compromete el salario de sus trabajadores. Por lo
tanto, una forma de solventar esta asimetría estructural, en un delicado
momento coyuntural, pasa por generar una contribución de estas grandes
empresas hacia las otras categorías de empresas para sostener el ingreso
de todos estos trabajadores y trabajadoras.
En ese sentido, esta propuesta se
enmarca en demostrar empíricamente que dicho sostenimiento de los
salarios equivalentes a una canasta básica para los trabajadores de
empresas micro, pequeñas y medianas es viable durante dos meses, con
menos del 1,5% de contribuciones de las grandes empresas. Al mismo
tiempo que las grandes empresas mantienen los salarios de sus
trabajadores, en otras palabras, no se incluyen en el acuerdo
ministerial presentado y son entregados puntualmente.
Es en base a este punto que aparece una
posible alternativa para fortalecer el trabajo de los empleados, es
decir, una alternativa de sostenimiento de la vida de los trabajadores
asalariados. En efecto, se podría plantear en este momento de aguda
crisis la solidaridad de los que más rentas tienen, se trata de
solicitar una contribución especial a las grandes empresas para
implementar una renta básica que cubra el costo de una canasta básica
durante dos meses para todos los empleados asalariados con un aporte
obligatorio del 1,49% de su Activo; o 3,45% del Patrimonio; o del 1,39%
del Ingreso por ventas (cómo calcular podría ser objeto de debate). De
igual manera, se puede plantear que de cada una de estas variables se
implemente una proporción para alcanzar a cubrir los dos meses de renta
básica. Así, se afectaría a tan solo el 4,3% del total de empresas en el
país y se generaría un alivio para las otras, así como para las
familias de los trabajadores y trabajadoras asalariadas en estos
momentos complicados.
Desde esa perspectiva, la evidencia presente en las tabla 1 y 2 se observa que hasta el 2018, del total de empresas[4],
tan solo el 4,3% corresponde a grandes empresas; sin embargo, acaparan
la mayoría de activos, patrimonio y los ingresos por ventas con un valor
superior al 60%. El valor más alto se encuentra en el ingreso por
ventas que alcanzar casi el 80% del total. En otras palabras por cada
dólar generado, las grandes empresas se llevan 80 centavos y entre los
otros tamaños de empresas se distribuyen a penas los 20 centavos
restantes. De esa manera, con la propuesta de contribución de la grandes
empresas –tabla 3- es posible sustentar esta asimetría con
contribuciones que en ningún caso supera el 1,5% a excepción del
Patrimonio que representa casi el doble.
Tabla 1. Estructura empresarial por tamaño en Ecuador 2018 –en millones de dólares-.
Fuente: Superintendencia de Compañías Valores y Seguros 2018
Elaboración: Propia
Tabla 2. Estructura empresarial por tamaño en Ecuador 2018 (%).
Fuente: Superintendencia de Compañías Valores y Seguros 2018
Elaboración: Propia
Tabla 3. Propuesta contributiva de la gran empresa.
Fuente: Superintendencia de Compañías Valores y Seguros 2018
Elaboración: Propia
Desde luego, esta propuesta solo alcanza
para los trabajadores asalariados. Es necesario pensar en los cerca de
2,5 millones de trabajadores autónomos (la mayor categoría de ocupación
con el 33% a dic-2018) que no se considerarían en esta sección. De esa
forma es más urgente sostener a estas personas que viven del día al día.
Un contingente de personas que, debido a desventajas acumuladas
históricamente no pueden recurrir a fondos de emergencia porque el 80%
no tiene seguro social y, probablemente, eso no les ha permitido ahorrar
fondos para cubrir esta emergencia.
Por ello, para solventar una renta
similar –de la misma magnitud– es necesario considerar que en el
presente análisis no se contempló al sector bancario que es regulado por
la superintendencia de bancos y cuya contribución puede ser aún
superior, dado que han obtenido utilidades récords en los últimos tres
años, llegando tan solo 24 bancos a la cantidad de USD 600 millones en
2019. Desde luego, el financiamiento interno vía acción del Banco
Central también es una posibilidad.[5]
Y, de igual manera, para las micro, pequeñas y mediana empresas se
puede plantear líneas de crédito sin interés para los que tienen
problemas de liquidez.
En conclusión, existen diversas
alternativas que contraponen la vida sobre el capital. La humanidad por
sobre las ganancias, que no sean los empleados públicos y privados los
que paguen las consecuencias, sino el capital el que cubra la
contingencia que su voracidad de ganancia generó en el país. Así, como
han mencionado varios mandatarios en distintos países, es momento de
dejar de pensar en una élite privilegiada y empezar una sociedad
preocupada por las grandes mayorías. Recordemos también que poner un
salario en las manos de un trabajador implica mantener el consumo
interno y en consecuencia la existencia misma de las empresas. En este
sentido, no se trata solo de poner el hombro para ayudar a la clase
trabajadora, es una cuestión de preservación del sistema económico, del
cual también forman parte las grandes empresas.
Anexo 1. Clasificación por tamaño de empresas
De acuerdo al REGLAMENTO DE INVERSIONES DEL Código ORGANICO DE LA PRODUCCIONDecreto Ejecutivo 757. Registro Oficial Suplemento 450 de 17-may.-2011. Última modificación: 20-dic.-2018 el Art. 106 indica que:
Clasificación de las MYPIMES.- Para la definición de los programas de fomento y desarrollo empresarial a favor de las micro, pequeñas y medianas empresas, estas se considerarán de acuerdo a las categorías siguientes:
a.- Micro empresa: Es aquella unidad productiva que tiene entre 1 a 9 trabajadores y un valor de ventas o ingresos brutos anuales iguales o menores de trescientos mil (US $ 300.000,00) dólares de los Estados Unidos de América;
b.- Pequeña empresa: Es aquella unidad de producción que tiene de 10 a 49 trabajadores y un valor de ventas o ingresos brutos anuales entre trescientos mil uno (US $ 300.001,00) y un millón (US $ 1000.000,00) de dólares de los Estados Unidos de América; y,
c.- Mediana empresa: Es aquella unidad de producción que tiene de 50 a 199 trabajadores y un valor de ventas o ingresos brutos anuales entre un millón uno (USD 1.000.001,00) y cinco millones (USD 5000.000,00) de dólares de los Estados Unidos de América.
De tal manera que la gran empresa es aquella unidad de producción que tiene más de 200 trabajadores y un valor de ventas anuales o ingresos brutos anuales de más de cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América.
*Un agradecimiento a todas las personas que colaboraron en la edición y con ideas en el texto, su contribución siempre es invaluable.
[1] Ver: http://www.trabajo.gob.ec/wp-content/uploads/2020/03/ACUERDO-MINISTERIAL-Nro.-MDT-2020-080-signed.pdf
[2] No es la primera vez que esto ocurre, aún está presente la flexibilización de la jornada de trabajo que se realizó en ciertas ramas de actividad, entre ellas des del banano, sector cercano al exministro de trabajo que expidió esta decisión (el mecanismo de puerta giratoria se hace presente: hacer leyes para beneficiar a un grupo exclusivo y después retornar a ese mismo grupo para maximazar ese beneficio). Ver: https://coyunturaisip.wordpress.com/2018/05/15/empresarios-al-ataque-contratos-flexibles/
[3] Ver Anexo 1: Clasificación de las empresas.
[4] Se refiere a las empresas que presentaron balances y ascendien a 74 042.
[5] Ver: https://coyunturaisip.wordpress.com/2020/03/31/urge-devolver-la-capacidad-de-la-creacion-monetaria-a-la-sociedad-ecuatoriana-para-hacer-frente-a-la-emergencia-actual/
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