domingo, 11 de septiembre de 2011

ESCRITO Y DICHO EN 1996


¿QUE ES NUESTRA CONSTITUCION?



Los 196 artículos, 4 Disposiciones adicionales; una derogatoria y otra final, en once títulos, constituyen la Constitución Española que fue aceptada mediante votación en referéndum por la mayoría de los españoles en Diciembre de 1978.
Y a esto le denominamos Carta Magna o Ley de Leyes, porque es ella la que determina la configuración del marco jurídico, dentro del cual y de manera oficial, cualquier ciudadano español, incluyendo a los señores Jordi Puyol; Arzalluz y Colom, es igual con respecto de otro.
Pero como digo esto es lo oficial, y por serlo, como casi siempre, no se ajusta a la realidad. Lo oficial tiene esa particularidad, que de la mentirijuela hace la verdad poco menos que inamovible. Y no significa ello, en absoluto. que yo esté abogando por la disolución del “…Estado social y democrático de derecho”, que es como define la Constitución en su artículo primero al Estado español. Pero obsérvese (si se quiere, por supuesto) que no es lo mismo un estado democrático, que es lo que no somos, que un estado social y democrático de derecho, que es lo que somos.
Piropeadotes a la Constitución no le faltan, y me refiero a los piropos oficiales, pero me parece, no que seamos un pueblo maduro, que esto sigue siendo lo oficial, sino que va siendo hora de que nos preocupemos los que vivimos de nuestro trabajo, de que lo oficial, las palabras, coincidan con la realidad.
Garantiza la Constitución, entre otras cosas, la igualdad entre el hombre y la mujer; el derecho al trabajo, a una vivienda digna…, ¿dónde están estas cosas, maños míos? ¿Se lleva camino de conseguir plenamente lo que garantiza la Constitución? Veo que no, aunque quiera lo contrario.
La Constitución de 1812 respondía clara y directamente a los deseos y necesidades de la óptica liberal de la que procedía. La de 1814 se comportaba de la misma manera con respecto del conservadurismo que la informaba. El Estatuto Real de 1837, 1845 y 1876 a la monarquía. La de 1931 a la República y las Leyes Fundamentales del Movimiento, especie de constitución en la versión del Régimen del general Franco, respondían a los intereses de las clases que le apoyaron. Todas estas “cartas magnas”, nacen y responden como no podía ser de otra manera en función de los intereses de las clases dominantes de cada momento histórico, y en función de la óptica con que esas mismas clases miraban y ven el momento histórico concreto en que viven.
Nuestra actual Constitución no es ninguna excepción, y al margen de cualquier otra consideración de tipo técnico, que según el decir de los técnicos en la materia es alto (de lo cual me congratulo), también refleja los intereses de las clases dominantes del momento en que nace.
Sin embargo, se nos suele presentar como algo poco menos que perfecto (y técnicamente puede que lo sea), con lo que se pretende un reduccionismo político, que para mí es un insulto a cualquier actitud crítica sobre la misma.
Y, los hechos, feligresía mía, son los que son. Desde el punto de vista legal, constitucional y toda la marimorena plena, nada hay que alegar al gobierno del señor Aznar, ni al tuli tuli del señor Puyol, ni al tuya mía que se llevan los señores magistrados de la Audiencia Nacional. Y sin embargo resulta inmoral, y cuando menos de dudoso beneficio para la sociedad, que es la que con su trabajo mantiene a todos estos señores y a otros que por terminar ahora como amigos no nombro.
Digamos para finalizar que, en mi opinión, la Constitución es un instrumento político (sólo
uno) dinámico, positivo si se le aplica un carácter social profundo, y negativo o regresivo si se le llena de palabras y las cosas se dejan como están o se ponen peor. Vea quien tenga ojos, y escriba quien tenga bolígrafo.


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Manuel Sogas Cotano

Zaragoza Diciembre de 1996


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