sábado, 11 de abril de 2015

PODEMOS: ENCOMIABLE TRABAJO INFORMATIVO Y EDUCATIVO (PARA VERGÜENZA DE PP, PSOE Y COMPARSAS COVERGENTES)




ARGUMENTARIO


¿Qué es el TTIP?

El Tratado Transatlántico de Comercio e Inversiones (TTIP) es el nuevo modelo de tratado de libre comercio que se está negociando entre la Unión Europea y Estados Unidos. Sobre la promesa infundada de aumentar el comercio y el número de empleos, el TTIP es en realidad el intento por parte de las empresas transnacionales de abrir y desregular mercados a los dos lados del Atlántico. Su implantación hará irrelevantes a las instituciones democráticas, restringirá la soberanía ciudadana y tendrá un impacto negativo sobre nuestros derechos.
¿A quién perjudica el TTIP?
- A la gente trabajadora, destruyendo puestos de trabajo, restringiendo derechos y aumentando la precariedad, el paro y la exclusión.
- A los autónomos y a las PyMEs, por su indefensión ante los privilegios que se otorgan a las empresas transnacionales y especuladores.
- A los agricultores y ganaderos, por favorecer la especulación con alimentos y la actividad de las transnacionales.
- A los trabajadores y usuarios de la sanidad, por la privatización de la sanidad y el empeoramiento de los servicios.
- A la comunidad educativa, por el impulso a la privatización y el empeoramiento de los servicios.
- A la industria del país, por desmantelar el tejido industrial en beneficio de las empresas transnacionales.
...Y a la ciudadanía en general por la pérdida de soberanía, democracia y derechos.
¿A quién beneficia el TTIP?
- A las empresas transnacionales, porque privilegia su poder frente a las decisiones democráticas de los Estados.
- A los especuladores y a las élites extractivas porque les da vía libre para apropiarse de los bienes comunes a costa de los derechos de la ciudadanía.
Ejes de campaña:
SOBERANÍA
 La amenaza que supone el TTIP a la soberanía popular no tiene precedentes. A través de los mecanismos de resolución de disputas entre inversores y Estados (ISDS) y el Consejo Transatlántico de Cooperación Reguladora:
• Los Estados, con el dinero de los ciudadanos, garantizará los beneficios de las empresas transnacionales, que podrán conseguir indemnizaciones multimillonarias.
• Limitarán las decisiones que puedan tomar los Estados de forma democrática, modificando legislaciones nacionales que afecten a los beneficios de los especuladores.
• Las transnacionales tendrán formalmente el mismo status jurídico que los Estados.
• Se instaurarán tribunales privados para juzgar a los Estados, por demandas de las transnacionales.
 PODEMOS:
 Las instituciones públicas deben estar al servicio de la ciudadanía. Las empresas transnacionales deben someterse a las decisiones democráticas de la gente.
DEMOCRACIA
El TTIP está siendo negociado por la Comisión Europea de una manera profundamente antidemocrática:
• Viola el derecho a la información de la ciudadanía en un Estado de Derecho, al negociar en secreto un Tratado que afecta gravemente a la vida de la población.
• En esta negociación los especuladores y las transnacionales imponen sus intereses en contra de los derechos de la mayoría de la población.
 • Los dos grandes promotores del Tratado en España son PP y PSOE.
Podemos:
No deben existir tratados internacionales secretos. El poder económico debe someterse a las decisiones democráticas de la gente. Las políticas de los estados deben favorecer el debate público, la transparencia y la participación democrática.
DERECHOS
 El TTIP supone un duro recorte de los derechos de la gente. Pretende perpetuar la crisis y las políticas de austeridad, intensificando y blindando las privatizaciones. Pone en grave peligro el cumplimiento de los artículos 8, 12, 19, 21, 22, 23, 25, 26, 27, 28 y 29 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos* para poner los intereses de las transnacionales por encima de las personas:
• Derecho al trabajo: Destrucción de puestos de trabajo. Restricción de derechos como el de huelga, sindicación y negociación colectiva. Aumento de la precariedad, el paro y la exclusión. Destrucción de las PyMEs por la protección de las empresas transnacionales. [Amenaza los artículos 22, 23 y 25 DDHH] -- Ej. Las transnacionales acapararán el mercado y provocarán el cierre de PyMEs y la destrucción de puestos de trabajo. Las transnacionales impondrán precios y condiciones de comercialización estrangulando la actividad económica de las PYMES // Las grandes empresas tendrán facilidades para endurecer las condiciones de trabajo.
• Derechos al medio ambiente y derecho al agua: Privatización del agua. Aumento de la contaminación. [Amenaza el artículo 25 DDHH] -- Ej. Aumentará la factura del agua y de la luz.
• Derecho a la salud y a la educación: Estrategia de privatización de la sanidad y la educación para entregarlas a las transnacionales y a los especuladores. [Amenaza los artículos 22 y 25 DDHH] -- Ej. Se despedirán a miles de trabajadores sanitarios y profesores, y los ciudadanos deberán pagar si quieren acceder a estos servicios.
• Derecho a participar del progreso científico: Protección de las patentes farmacéuticas, dificultando la producción de medicamentos genéricos y las licencias obligatorias. [Amenaza el artículo 27 DDHH] -- Ej. Muchos pacientes no podrán acceder a medicamentos básicos debido a que se dejarán de fabricar en formato genérico, aumentarán exponencialmente sus precios y la factura de los servicios sanitarios públicos.
• Derecho a la vivienda: Favorece la actividad de los fondos buitre basada en la especulación, el acaparamiento de viviendas y el control del mercado. [Amenaza el artículo 25 DDHH] -- Ej. Aumentará el número de desahucios provocados por la especulación de bancos y fondos buitre, subirán los precios de los alquileres.
• Derecho a los servicios sociales: Refuerza la estrategia de privatización y recorte de los servicios sociales. [Amenaza los artículos 25, 28 y 29 DDHH] -- Ej. Las personas dependientes, con pocos recursos o en dificultades económicas tendrán más problemas para acceder a unos servicios sociales cada vez más precarios y de peor calidad.
• Derecho a la alimentación y soberanía alimentaria: Favorece la especulación con alimentos y la actividad de las transnacionales, en contra de los intereses de los agricultores y los ganaderos. Pretende reducir los controles sanitarios sobre la producción alimentaria, favorecer la utilización de productos transgénicos y los productos químicos prohibidos en la actualidad. [Amenaza el artículo 25 DDHH] -- Ej. Provocará graves pérdidas a los agricultores y ganaderos, cierre de explotaciones y perdida de puestos de trabajo. Aumentará el número de enfermedades provocadas por los productos químicos con que se elaboran los alimentos.
• Derechos de los consumidores: Restricción de la información y la capacidad de defensa frente a los abusos de las transnacionales. [Amenaza el artículo 19 DDHH] -- Ej. Los consumidores comprarán alimentos sin saber qué contienen, aumentando la incertidumbre y el riesgo de sufrir enfermedades.
• Derecho a las pensiones: Favorece los recortes, la especulación y la privatización de los sistemas públicos de pensiones para ponerlos en manos del capital financiero. [Amenaza el artículo 22 DDHH] -- Ej. Se especulará en los mercados financieros con las pensiones, con el riesgo de que los jubilados pierdan su derecho a disfrutarla.
• Derecho a la privacidad: Favorece el control privado de los datos de las personas, creando un mercado de datos personales para obtener beneficios. [Amenaza el artículo 12 DDHH] -- Ej. Las empresas transnacionales tendrán libre acceso a nuestros datos y aumentarán las actividades de espionaje sobre los ciudadanos.
• Derecho a la participación: Restricción de la participación y control democrático de los ciudadanos, aumentando el poder de las transnacionales en la toma de decisiones. [Amenaza el artículo 21 DDHH] – Ej. Si el gobierno aprueba una legislación orientada a gestionar de manera pública la extracción de recursos naturales, podrá verse obligado a pagar indemnizaciones millonarias a empresas trasnacionales que consideren que se están viendo afectados sus beneficios reales o potenciales.
• Derecho a un juicio justo: Favorece la creación de tribunales privados para beneficiar a las empresas transnacionales, someter a los estados y limitar las decisiones democráticas de la ciudadanía. [Amenaza el artículo 8 DDHH] -- Ej. Si un gobierno decide aumentar el salario mínimo para mejorar las condiciones de vida de los y las trabajadoras, podría ser demandado por una empresa transnacional que considere que reduce sus beneficios por pagar un salario más alto a sus trabajadores.
PODEMOS:
 Solo mediante acuerdos que fortalezcan la soberanía, la democracia, la participación ciudadana y los derechos humanos podremos alcanzar relaciones comerciales que garanticen el derecho a un trabajo digno, a servicios públicos de calidad, a una alimentacion saludable y a un modelo basado en la sostenibilidad ambiental.
Apoyamos y nos sumamos a las movilizaciones mundiales del 18 de abril, día global de acción contra los tratados de libre comercio e inversiones. Los pueblos del Sur de Europa nos unimos para decir NO a este Tratado injusto y anti-democrático y defender: SOBERANÍA, DEMOCRACIA Y DERECHOS.
¡Paremos el TTIP!
*La Declaración Universal de los Derechos Humanos se puede consultar en: www.un.org/es/documents/udhr/ *Artículo 8: Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
*Artículo 12: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra y su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques. *Artículo 19: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
*Artículo 21: 1.Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. 2.Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. 3.La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto. *Artículo 22: Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
*Artículo 23: 1.Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2.Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3.Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social
4.Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. *Artículo 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
*Artículo 26: 1.Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2.La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3.Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
* Artículo 27: 1.Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2.Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
*Artículo 28: Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos. *Artículo 29:
1.Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2.En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3.Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
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