sábado, 14 de febrero de 2015

IU: 45 MEDIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN, "CÁNCER DE LA DEMOCRACIA"


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V.- Cargos públicos

26.- Regulación de los salarios de todos los cargos públicos con criterios de transparencia y austeridad acordados por las fuerzas políticas y publicación de los mismos. Establecimiento de un sueldo máximo para todo cargo público y de unos baremos determinados en función de la responsabilidad cogiendo como referencia el salario mínimo interprofesional. Eliminación de los complementos por cargo. Pago de los gastos justificados en base a los desplazamientos. Impedir la acumulación de dietas. El cobro de dietas se hará en función de la asistencia a las reuniones o plenos de los órganos de los que se forma parte y de una cuantía ajustada a la dedicación que requiere. Eliminación de los planes de pensiones privados u otras prestaciones otorgadas por el hecho de ser cargo público y que sean pagados con cargos a los presupuestos de cualquier institución pública.

27.- Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para introducir el elemento de la declaración explícita de conflicto de intereses en cada modificación urbanística de todo aquel que participe en el proceso, sean alcaldes, regidores o funcionarios. Se realizaría siguiendo el modelo de declaración de conflicto de intereses que se aplica a la investigación científica.

28.- Regulación de criterios de transparencia y de los límites tolerados en los regalos e invitaciones a cargos públicos y cargos de libre designación. Prohibición de percibir obsequios o invitaciones por parte de contratistas de la institución. Los obsequios con valor superior a 200 euros serán rechazados o entregados a la institución. Se creará un Registro Público de Obsequios e Invitaciones para cuantías inferiores a 200 euros.

29.- Reforma de la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos públicos. Regulación de un sistema de dedicación absoluta y de incompatibilidades de todos los altos cargos de gobierno municipales, así como de los miembros de las Comisiones Provinciales y Autonómicas de Urbanismo, en relación con las responsabilidades empresariales o profesionales de nivel directivo, vinculadas al sector de la construcción y el urbanismo.

30.- Creación del Estatuto de los Representantes Locales, en el que se regulen sus derechos y deberes. En particular, se garantizará que los concejales que se encuentren en la oposición puedan ejercer sus funciones de fiscalización y control de los contratos y adjudicaciones municipales.

31.- Extensión del Régimen de Incompatibilidades a los Diputados y Senadores para dotar de mayor efectividad el marco jurídico vigente en materia de incompatibilidades y conflicto de intereses de miembros del Gobierno, de altos cargos de la Administración y demás cargos públicos, para garantizar la separación entre las actividades privadas y las públicas, y para que ejerzan sus funciones oficiales en régimen de dedicación exclusiva.
Impedir las “puertas giratorias”. Reforma de la ley de incompatibilidades para restringir las posibilidades del paso de cargos ejecutivos a la empresa privada del sector en el que se había ejercido el cargo.

32.- Renuncia al aforo de los Diputados y Senadores, Presidente y miembros del gobierno de forma que sólo quede restringido a hechos relacionados con las actuaciones en órganos de representación política y no a delitos relacionados con la actividad pública o privada.

33.- Creación de una Oficina de Regulación del Registro de Intereses de los diputados, miembros del gobierno y altos cargos de la Administración; la Oficina será el órgano encargado de la vigilancia y supervisión del estricto cumplimiento de la legislación vigente en materia de incompatibilidades y conflictos de intereses, así como de la custodia de los Registros de Actividades y de Bienes y Derechos Patrimoniales.


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