Las brechas del sistema que
permiten casos como el de Montoro
Por Rebelion / España
06/08/2025
Fuentes: Civio
Sin una Ley de transparencia de los lobbies valiente, que establezca
controles independientes, un régimen sancionador robusto y la transparencia de
todo el proceso de creación de las normas, es imposible evitar que el BOE acabe
siendo dictado por —y para el beneficio de— grandes intereses corporativos.
“Captura del
Estado” es una expresión común en el ámbito de la lucha anticorrupción y el
activismo. Describe situaciones en las que los intereses privados
determinan de forma sistemática las decisiones de gobierno, actuando en
detrimento del interés general. La expresión es perfecta para describir los
presuntos hechos que narra el sumario en el que se imputa al exministro
Cristóbal Montoro y otras 27 personas, muchas de ellas altos cargos, y que
estamos conociendo estos días.
Según narra el
sumario, los acusados presuntamente redactaron normas y diseñaron ayudas a
medida para empresas de sectores como el gasístico, las energías renovables o
el juego. El vehículo para esta influencia era, presuntamente, Equipo
Económico, la consultora fundada por el exministro y por la que han pasado,
a menudo en un claro ejemplo de puertas giratorias, varios de sus
antiguos subordinados, como ya contamos en Civio en
2013. Es fundamental subrayar que este entramado se descubre de
forma casi fortuita, en el marco de otra investigación. Un síntoma
inequívoco de que las medidas de control sobre puertas giratorias y los lobbies son
porosas o, directamente, inexistentes.
Una vigilancia real de puertas giratorias y conflictos de interés
La Ley 3/2015, reguladora del ejercicio del alto cargo,
ya establece un sistema de control de puertas giratorias. Por norma general,
los altos cargos no pueden tomar decisiones que les beneficien, ni a ellos ni a
empresas en las que hayan trabajado en los últimos dos años o con las que
tengan intereses. Y, en los dos años siguientes al cese, no pueden ser
contratados por entidades sobre las que hayan tomado decisiones directas. A
menudo, el debate se centra en ampliar ese “periodo de enfriamiento”. Sin
embargo, el problema no es tanto la duración como la aplicación real de la ley.
Esta se elude sistemáticamente a través de mecanismos como
fichajes por filiales del grupo empresarial o por consultoras que actúen de
intermediarias. Tanto el control como las consecuencias de incumplir esta ley
son, siendo generosos, bastante laxos.
Aquí reside uno
de los agujeros clave del sistema: la Oficina de Conflictos de
Intereses (OCI), organismo encargado de esta supervisión, carece de la
independencia orgánica y los recursos necesarios para ejercer su labor con
eficacia. Si a esto sumamos que la OCI es la única instancia con acceso a toda
la documentación, como las declaraciones completas de bienes y actividades de
los altos cargos, obtenemos el escenario perfecto para que la corrupción se
cuele discretamente: no hay suficientes ojos vigilando.
Por ello,
insistimos en la necesidad de publicar las declaraciones completas de bienes,
derechos, obligaciones y actividades de todos los altos cargos en todos los
niveles de la administración, no los resúmenes que se publican
actualmente. Además, deberían ser públicas no solo las autorizaciones de
compatibilidad, sino también las denegaciones y sus
motivaciones, junto a un informe anual de actividad de la OCI
para el control de estos posibles conflictos. Para eso justo sirve la
transparencia, para que más ojos miren. Aumentar las sanciones por
incumplimiento es el otro pilar indispensable. Todo esto no lo decimos solo en
Civio. Son las Recomendaciones VII, VIII Y IX de la 5ª ronda de evaluación del Grupo
de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO) a España.
Y que, seis años después, el Gobierno sigue sin cumplir.
Una ley de grupos de interés urgente, integral y sin excepciones
Lo decimos
desde hace más de un década: la transparencia real no consiste en saber cuánto
cobra un ministro, sino en conocer cómo funciona lo público. Incluso si no
queremos fijarnos en lo importante -la democracia- y simplificamos el impacto
de los casos de corrupción en cuánto nos cuesta. Y siempre poníamos el mismo
ejemplo: tiene mucho más impacto económico una reforma energética que
el sueldo de todos los trabajadores públicos juntos. Ese ejemplo no era
casual, pero es iluminador lo preciso que se ha demostrado con los años.
La Ley de
transparencia e integridad de los lobbies es una promesa
incumplida legislatura tras legislatura. En Civio hemos participado en
sucesivas consultas públicas intentando aportar nuestra experiencia (en 2014, en 2021 y en 2022).
El proyecto de ley que actualmente
se debate en el Congreso, si no se enmienda de forma sustancial,
corre el riesgo de convertirse en una medida de escaparate con escasa
efectividad, como hemos avisado a todos los grupos políticos.
En Civio vamos a
insistir todas las veces que haga falta: una ley eficaz debe regular una
práctica legítima y necesaria —la participación de la sociedad civil y
el sector privado en la creación de políticas—, pero que, amparada por la
opacidad, deriva en captura del estado. ¿Qué requisitos debe cumplir un
registro público de lobbies?
- Sin excepciones: Debe registrarse toda persona u organización que intente influir en
la aprobación de normas y políticas públicas, sin las excepciones
profesionales que contempla el proyecto de ley actual.
- Todas las interacciones: No solo reuniones presenciales. Correos electrónicos, llamadas o
videoconferencias con el objetivo de influir deben quedar registrados
- Quién quiere influir, sin
intermediarios. Si el lobby se ejerce a través de una
consultora o despacho, como en el caso de Equipo Económico, se debe
identificar para qué cliente o empresa final se actúa en cada contacto.
- Sobre qué se quiere influir,
sin alusiones genéricas. El
motivo de la reunión debe ser claro y explícito, detallando sobre qué
iniciativa normativa o política pública concreta se pretende influir, sin
admitir alusiones genéricas a sectores.
- Los documentos, públicos. Cualquier documento aportado en esas reuniones o contactos
—informes, propuestas de enmiendas, borradores de articulado— debe ser
público y accesible para toda la ciudadanía.
- La huella legislativa, completa. El registro de reuniones debe vincularse a la publicación de la
huella normativa de cada ley: desde la memoria de análisis de impacto, los
borradores, los informes externos, la identidad de los expertos
consultados y el contenido de sus aportaciones, hasta el texto final. El
Gobierno se había comprometido a hacer esto en el Plan de Gobierno Abierto
de 2020-2024. No solo se ha incumplido, es peor: se ha excluido
esta medida del siguiente plan.
Todo esto, al
igual que ocurre con los conflictos de interés, es inútil sin un
régimen sancionador exigente y un organismo supervisor independiente que
garantice el cumplimiento. El proyecto de ley actual falla en ambos aspectos,
al otorgar de nuevo la supervisión a la Oficina de Conflictos de Intereses. Una
vez más, tenemos una administración que se controla a sí misma. Y esto
contraviene las recomendaciones explícitas del GRECO y la OCDE, que insisten en
la necesidad de un control independiente del poder ejecutivo.
Estas no son
reclamaciones surgidas al calor del caso Montoro. Llevamos más de una década
exigiendo estas reformas de transparencia y
anticorrupción. Hasta ahora, la respuesta de sucesivos gobiernos
ha sido el silencio o la dilación. Ignorar o retrasar las medidas hasta el
infinito con debates que nunca llegan a algo tangible. El coste de esta
inacción es evidente. Una reforma tímida o, peor aún, el inmovilismo,
solo garantiza que dentro de unos años volvamos a descubrir un caso similar.
Es hora de romper el ciclo y cerrar las brechas del sistema.